lunes, 21 de marzo de 2011

El Crucifijo No Viola Derechos

Atención Docentes, Pueblo, Políticos... ARGENTINOS!!!
Europa conoce por experiencia propia lo que significa apartarse de Dios, especialmente de la Iglesia Católica. No quieren regresar a las dictaduras deshumanizantes ni campos de concentración... Saben muy bien que al quitar un crucifijo, aunque en apariencia la pared quedara vacía, lo estarían reemplazando por esas ideologías, invisibles al ojo humano, que mutilan y crucifican al hombre y al mundo.
En una nueva sentencia el Tribunal de Estrasburgo reconoce que el crucifijo en las aulas no viola los derechos de los padres a la educación de sus hijos.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos -Tribunal de Estrasburgo- dio a conocer el 18 de marzo, una nueva sentencia sobre la presencia de los crucifijos en las aulas escolares.
El 3 de noviembre de 2009, a raíz de una demanda contra Italia que fue presentada por Soile Lautsi, una ciudadana de ese país de origen finlandés, el mismo tribunal se había expedido en contra de la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas gestionadas por el estado.
La sentencia fue apelada por el estado italiano, al que se unió un sorprendente elenco de 20 países europeos. El nuevo fallo del 18 de marzo, firme e inapelable, obtuvo 15 votos a favor y 2 en contra, y señala que Italia no infringe la Convención Europea de Derechos Humanos al mantener los crucifijos en las escuelas públicas, y que ello no viola el derecho a la educación o a la libertad de conciencia y religión. FIN, 19-03-11


Títulos de esta página:

Una Sentencia Contra Jesucristo
Fuentes: Info Católica 04-11-09 y 06-11-09; Paginas Digital, 06-11-09.
Por Juan C. Sanahuja

El Tribunal de Estrasburgo contra el Crucifijo. El reclamo por la libertad religiosa en los países de raíz católica, esconde la pretensión masónica de borrar esas raíces de la vida pública e igualar las religiones.

Un obispo habla claro: el excesivo irenismo y aperturismo del mundo católico obtiene como resultado el desprecio por parte del laicismo radical.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos -Tribunal de Estrasburgo- a principios de esta semana, sentenció contra el estado italiano que "la presencia de crucifijos en las aulas escolares constituye una violación del derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, y viola la libertad religiosa de los alumnos". Agrega el tribunal: "la Corte no puede entender cómo la exposición, en las clases de la escuela estatal, de un símbolo que puede ser razonablemente asociado al catolicismo, puede servir al pluralismo educativo, esencial para la conservación de una sociedad democrática tal como la concibe la Convención europea de los derechos humanos, un pluralismo que reconoce el Tribunal Constitucional italiano".

A propósito del tema, uno de los vicepresidentes del Parlamento Europeo, Mario Mauro, escribía el 6 de noviembre pasado:

“Me parece fundamental subrayar que la Corte de derechos humanos no es un organismo de la Unión Europea. De hecho, en el grupo de siete jueces que han emitido la sentencia estaban presentes también un juez turco y otro serbio. En los periódicos y telediarios aparecen titulares engañosos que responsabilizan a Europa de ‘rechazar el crucifijo en las aulas escolares’”.
“Esta sentencia es el fruto del trabajo de una Corte que, bajo el auspicio del Consejo de Europa, pretende alterar el sentido propio del proyecto europeo. La decisión de la Corte de Estrasburgo constituye un ejemplo clásico de imposición laicista dirigida a aislar a la religión, en especial a la cristiana, en un gueto. En esta perspectiva se enmarcan las motivaciones de la sentencia, que afirma que la exposición de cualquier símbolo religioso viola el derecho de elección de los padres sobre cómo educar a sus hijos, así como el derecho de los menores a creer o no, y que lesiona además el ‘pluralismo educativo’”.
Anteriormente los tribunales italianos habían fallado que el crucifijo representa un elemento de cohesión en una sociedad que no puede prescindir de su tradición cristiana. “La sentencia desconoce el papel de la religión, sobre todo la cristiana, en la construcción del espacio público y promueve una indiferenciación religiosa que se contradice profundamente con la historia, la cultura y el derecho del pueblo italiano”, concluía Mauro.

La ministra de Educación de Italia, Mariastella Gelmini, rechazó el fallo señalando que “nadie, aún menos un tribunal europeo impregnado de ideología, logrará arrancarnos nuestra identidad”. Gelmini explicó a la prensa que “la presencia de crucifijos en las aulas no significa una adhesión al catolicismo, sino que representa nuestra tradición”.

"La historia de Italia está llena de símbolos y si ellos se eliminan se termina por eliminar parte de nosotros mismos", dijo la ministra, aclarando que "en este país nadie quiere imponer la religión católica", pero recordó que la Constitución italiana "reconoce justamente el valor de la religión católica para nuestra sociedad".

Por su parte, el ministro de Agricultura, Luca Zaia, deploró el fallo y consideró que "la Corte ha decidido que los crucifijos ofenden la sensibilidad de los no cristianos. Quien ofende los sentimientos de los pueblos europeos nacidos del cristianismo es sin duda la Corte”.

El ex ministro de Cultura, Rocco Buttiglione, fue más allá y contra el prejuicio políticamente correcto del respeto a las minorías, pidió el rechazo del fallo porque "Italia tiene su cultura, sus tradiciones y su historia. Los que viven entre nosotros deben entender y aceptar esta cultura y esta historia".


Un obispo que habla claro

Mons. Luigi Negri, obispo de San Marino-Montefeltro, ha escrito lo que muchos católicos piensan; que el excesivo irenismo y aperturismo del mundo católico obtiene como resultado el desprecio por parte del laicismo radical y anticristiano.

Por su interés reproducimos el comunicado de Mons. Negri:

"La decisión tomada por la Corte de los Derechos humanos de Estrasburgo era ampliamente previsible y, en ciertos aspectos, esperada. En estas instituciones se está catalizando sustancialmente todo el peor laicismo que tiene una connotación objetivamente anticatólica y tiende a eliminar, incluso con la violencia, la presencia cristiana de la vida de la sociedad y, además, los símbolos de esta presencia. Otros ya han indicado, sobre todo la Conferencia Episcopal Italiana, la mezquindad cultural de esta decisión, la miopía, como ha dicho la Santa Sede, pero yo creo que es correcto decir que se trata de una voluntad subversiva hacia la presencia cristiana, conducida con una ferocidad sólo comparable a la aparente objetividad o neutralidad de las instituciones del derecho. Sin embargo, es también correcto -como hacían nuestros antepasados, y nosotros a menudo hemos olvidado esta lección-, que nos preguntemos si nosotros, como pueblo cristiano y, además, quisiera decir como eclesiásticos, no tenemos algunas responsabilidades por esta situación. Siempre es correcto leer en profundidad si, de algún modo, hemos corrido el riesgo de ser cómplices."

"El asunto de Estrasburgo, en su brutalidad, es también una consecuencia de demasiado irenismo que atraviesa al mundo católico desde hace décadas, por el cual la preocupación fundamental no es nuestra identidad sino el diálogo a toda costa, estar de acuerdo con las posiciones más distantes. Este respeto de la diversidad de las posiciones culturales y religiosas, sostenido por la idea de una sustancial equivalencia entre las diversas posiciones y religiones, es el que hace perder al catolicismo su absoluta especificidad. Un irenismo, un aperturismo, una voluntad de diálogo a toda costa, que es recompensada de la única manera en que el poder humano recompensa siempre estas desordenadas actitudes de compromiso: el desprecio y la violencia."

"Es necesario renovar la conciencia de la propia identidad, de la propia especificidad como acontecimiento humano y cristiano frente a cualquier otra posición, y prepararnos para vivir el diálogo con todas las otras posiciones, no sobre la base de una desmovilización de la propia identidad sino como expresión última, crítica, intensa, de nuestra identidad."

"Finalmente, resultará tal vez una prueba significativa, una prueba que puede ser formativa, una prueba por medio de la cual -como a menudo nos recuerda la tradición de los grandes Padres de la Iglesia-, Dios continúa educando a su pueblo. Pero es necesario que el juicio sea claro y no se frene en reacciones emotivas sino que se lea en profundidad la tarea que tenemos delante: recuperar nuestra identidad eclesial y comprometernos en el testimonio frente al mundo."

Por último, Mons. Negri convocó a una Misa de reparación, “frente a lo que objetivamente es un gesto de rechazo del Crucificado”, e instó a sus párrocos a preparar iniciativas en el mismo sentido. FIN, 08-11-09
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19.03.2011 - Fuente: profesionalesetica.org

Como continuación y ampliación de la información que ayer ofrecíamos sobre la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo recaida en el Caso Lautsi v. Italia, más conocido como el “caso de los crucifijos”, ofrecemos a continuación una síntesis de las claves jurídicas de este importantísimo fallo judicial, realizada por los servicios jurídicos de Profesionales por la Ética.

Debe recordarse, en primer lugar, que con esta sentencia el TEDH revoca la decisión adoptada en 2009 por la Sección 2ª del Tribunal, que había establecido que la presencia obligatoria de crucifijos en las aulas violaba los derechos de los padres no creyentes a decidir qué tipo de educación querían para sus hijos (art. 2 del Protocolo 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos), en relación con la libertad religiosa (art. 9).

Descargar la sentencia completa de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 18/03/2011 en el Caso Lautsi and others v. Italy (Application 30814/06) (en inglés).

Leer en esta misma página “Caso Lautsi sobre los crucifijos en la escuela: el TEDH rectifica su anterior sentencia y falla a favor de la identidad cultural de Europa y la libertad religiosa”.

Leer la noticia de La Gaceta “Si los católicos se dejan serán avasallados, según el catedrático Andrés Ollero” (18/03/2011).

Descargar en pdf la noticia de La Gaceta “Estrasburgo convalida los crucificos en las aulas”, con la valoración de Luca Volontè (19/03/2011).

En la sentencia de ayer, el Tribunal considera que cuando el Estado asume funciones en materia educativa, llegando a configurar cómo se organiza el ámbito escolar, debe hacerlo respetando los derechos de los padres reconocidos en el art. 2 del Protocolo 1 del Convenio (núm. 64).

El Tribunal considera que “la decisión acerca de si debe haber o no crucifijos en las aulas de los colegios públicos es, en principio, algo que cae bajo el margen de apreciación de los Estados. Es más, el hecho de que no exista un consenso europeo en relación con la presencia de símbolos religiosos en los colegios públicos habla a favor de esta aproximación al asunto” (núm. 70). Asimismo, para el Tribunal de Estrasburgo debe tenerse en cuenta que “Europa está caracterizada por una gran diversidad de Estados, especialmente en lo que se refiere a su evolución histórica y cultural, sin que la referencia a la tradición pueda “relevar a un Estado de cumplir con las obligaciones de respeto a los derechos y libertades protegidos por el Convenio de Roma” (núm. 68).

En cualquier caso, para el TEDH “es cierto que imponer normativamente la presencia de crucifijos en las aulas de los centros docentes públicos –signo que, tenga o no además un valor simbólico secularizado, de manera indudable se refiere al cristianismo- implica conferir a la religión mayoritaria de un país una visibilidad preponderante en el ámbito escolar. Esto, en sí mismo, es insuficiente para considerar que conlleva un proceso de adoctrinamiento por parte del Estado del que derive una vulneración del art. 2 del Protocolo 1 del Convenio” (núm. 71).

Para el TEDH, debe tenerse en cuenta que “un crucifijo en una pared es esencialmente un símbolo pasivo, cuestión a la que el Tribunal concede especial importancia en relación con el principio de neutralidad” de modo que “no puede considerarse que tenga una influencia en los alumnos comparable a una explicación didáctica o a la participación en actividades religiosas” (núm. 72).

Además, en el núm. 74 de la Sentencia el Tribunal considera que es preciso poner la mayor visibilidad del cristianismo en las escuelas italianas en relación con el contexto escolar de ese país, en el que no se impone de manera coactiva la clase de religión, que es optativa para los alumnos, al tiempo que se abre la escuela pública a todas las religiones y convicciones filosóficas (las alumnas musulmanas pueden llevar el pañuelo o cualquier prenda que tenga connotaciones religiosas, es posible recibir clase de religiones distintas de la católica cuando la correspondiente confesión haya alcanzado un acuerdo con el Estado, etc.).

A la luz de los hechos analizados en el caso Lautsi el TEDH concluye que “nada sugiere que las autoridades italianas fueran intolerantes con los alumnos de otras religiones, alumnos no creyentes o con convicciones filosóficas sin contenido religioso”, sin que los demandantes hayan podido probar que en la escuela a la que asistían hayan existido “tendencias proselitistas” o que hayan tenido que sufrir una “actuación tendenciosa” por parte de los profesores (núm. 74).

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Pendientes de un tribunal
A las 10:09 AM - 19/03/11, por Luis Fernando; infocatoloca.com
Categorías : Cristianos en la vida pública, Actualidad, Sociedad siglo XXI

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha vuelto sobre sus pasos y ha dictaminado que la presencia de un crucifijo en una clase no supone discriminación alguna para los no católicos. Digo no católicos en vez de no cristianos, porque los protestantes no quieren crucifijos sino cruces. Su iconoclasmo les impide aceptar la presencia de la imagen del Señor crucificado.

Dice el tribunal que “un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas“. Con esa frase casi matan dos pájaros de un tiro. Primero, porque se acepta la presencia del crucifijo. Segundo, porque advierten que los discursos didácticos sí que ejercen una influencia importante sobre los alumnos. Y eso me lleva a pensar que la asignatura de EpC, tal y como está planteada, puede recibir un palo importante desde Estrasburgo. Porque nadie negará que dicha asignatura busca inculcar una serie de valores en el alumnado que en ocasiones chocan con la cosmovisión cristiana. Es decir, si yo fuera Zapatero, estaría preocupado. Y si estuviera entre los padres que han llevado su derecho a objetar ante dicho tribunal, tendría motivos para ser optimista.

Hoy todos los católicos estamos muy contentos por la sentencia del tribunal. Tanto como enfadados nos mostramos cuando en primera instancia salió un dictamen opuesto a la presencia del crucifijo en la escuela. Señal de que damos quizás una legitimidad exagerada a este tipo de tribunales. Ni la realidad histórica ni los derechos pueden depender de lo que un tribunal decida sobre los mismos. Por ejemplo, ya pueden todos los tribunales del mundo dictaminar que el aborto es un derecho, que eso no cambiará el hecho de que los no nacidos tienen el mismo derecho a vivir que sus madres. Para el cristiano la única ley obligada es la divina. Las leyes humanas debemos acatarlas y someternos a ellas siempre que no choquen contra la ley de Dios. La oposición a las leyes inicuas puede tener muchos rostros, desde la simple protesta pública hasta el martirio, pero no es una opción sino una obligación.

Con esto no digo que no haya que acudir a la justicia y los tribunales humanos. Todo lo contrario. No somos del mundo pero vivimos en él. San Pablo apeló al César para evitar ser ajusticiado por los judíos. Y como le dijo el procurador Félix: “Has apelado al César, al César irás” (Hch 25,12). Aquello le sirvió al apóstol para dar testimonio del evangelio ante el mismísimo emperador romano. Salvando las distancias, el proceso sobre el crucifijo en Estrasburgo ha tenido también mucho de testimonio de la fe católica ante la más alta instancia judicial europea. Aunque solo hubiera servido para eso, aunque la sentencia hubiera sido contraria, habría merecido la pena. Por eso, cuando algunos plantean que una diócesis católica no debe acudir a los tribuanles civiles y penales para denunciar profanaciones, cuando algunos critican a los que pedimos a nuestros pastores que sean más diligentes a la hora de defender nuestros derechos ante los tribunales, cabe preguntarse en qué parte de la Escritura o del magisterio de la Iglesia se basan. Me da que no van a encontrar nada que apoye sus tesis.

Luis Fernando Pérez Bustamante

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A las 1:20 PM - 27/07/10, por Juanjo Romero, infocatolica.com
Categorías : Laicismo, Unión Europea

«En un gesto sin precedentes, una veintena de países europeos se acaba de unir a Italia en el recurso de casación de la sentencia contra la presencia pública del crucifijo en las escuelas, que falló el 3 de noviembre la segunda sección del Tribunal Europeo de Derechos Humanos» Grégor Puppinck, director del ECLJ (European Centre for Law and Justice como el ACLJ pero en europeo) estaba exultante y esperanzado.

La audiencia duró tres horas, quizá una de las más interesantes desde el punto de vista jurídico, social y político de toda la historia del Tribunal.

El 30 de junio los 17 jueces titulares y tres suplentes, encabezados por el presidente del Tribunal, Jean Paul Costa, escucharon los argumentos del Gobierno italiano para pedir que se revoque la sentencia del 3 de noviembre del año pasado en la que esta institución declaraba que la presencia de crucifijos en un colegio público violaba el derecho a la enseñanza y a la libertad de conciencia de los demandantes. La decisión del tribunal tendrá consecuencias directas en toda Europa.

Los antecedentes ya los conocéis. Tal como declaraba Puppinck en la entrevista concedida unos días después y en un extraordinario artículo en L'Obsservatore [PDF]:

El caso Lautsi tiene una importancia considerable. Es emblemático, pues pone en tela de juicio la presencia visible de Cristo en las escuelas de Roma, de Italia, y de toda Europa. Este caso se ha convertido en un símbolo del actual conflicto sobre el porvenir de la identidad cultural y religiosa de Europa. Este conflicto enfrenta a los promotores de la secularización total de la sociedad y los que defienden una Europa abierta y fiel a su identidad profunda.

En un primer lugar se unieron a Italia 33 miembros del parlamento europeo (dejo como deberes de verano localizar a los españoles) y diez países como «amicus curiae» (tercera parte): Armenia, Bulgaria, Chipre, Grecia, Lituania, Malta, Mónaco, Rumanía, Federación Rusa y San Marino, animando al tribunal a anular la primera decisión. Fueron representados por un abogado judío: Joseph Weiler, la defensa de la presencia pública del crucifijo por un judío cubierto por la kipá me emociona.

A esos diez países se unieron otros diez: Albania, Austria, Croacia, Hungría, Macedonia, Moldavia, Polonia, Serbia, Eslovaquia y Ucrania, poniendo públicamente en tela de juicio la sentencia del Tribunal.

Se espera la revisión de la sentencia en 6-8 meses, aunque en casos similares anteriores se han extendido hasta los 14 meses (que comparándolos con los tiempos del Constitucional español son dos días).

Hay hechos de naturaleza geopolitica relevantes:
  • Los 20 países suponen la mayoría de la Europa del Este y Balcánica,
  • Los veinte países son fundamentalmente de tradición ortodoxa y/o con una relación no excesivamente amistosa con el Islam.
  • La mayoría de los 20 países son supervivientes de la tiranía socialista, conocedores de primera mano de lo que supone la eliminación del crucifijo.
Parece que una vez más Juan Pablo II tenía razón con «los dos pulmones», y que la salvación vendrá del Este. Desconozco qué papel habrá jugado el Patriarca de Moscú, pero visto lo visto, muy relevante. En este sentido es también muy sugerente la última respuesta de Puppinck, que insinúa un cambio en la dinámica de la construcción europea:
Evidentemente, los defensores de la libertad contra el materialismo ya no están en la misma parte de Europa donde estaban antes.
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NOTICIAS GLOBALES, Año XIV. Número 971, 11/11. Gacetilla n° 1094. Buenos Aires, 19 marzo 2011.
Enviado por: Stella Maris Romaña (Resistencia Chaco).
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1 comentario:


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