martes, 3 de agosto de 2010

Chaco -Carta Polémica- Réplica de Pedrini a Alcántara -Jorge M. Capitanich en el medio-

por Adam Pedrini (Resistencia Chaco)

A la Dirección del Diario Norte: En virtud de haber sido aludido en dos oportunidades en las ediciones de los días domingo 1 y martes 3 del presente mes y año, por el abogado del foro local, señor Jorge Alcántara, -y formulando el derecho a réplica- pretendiendo con las mismas, descalificar las imputaciones formuladas por el señor Diputado Provincial Hugo Maldonado, contra el gobernador de la Provincia, el abogado en cuestión, hace referencia a mi denuncia por enriquecimiento ilícito que formulara en el Expte 13076, del año 2005, caratulado “Pedrini Adam s/denuncia” y que fuera sustanciado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Buenos Aires.
En la edición del día de la fecha, el abogado Jorge Alcántara, miente al afirmar que el suscripto haya apelado el fallo del juez Rafecas, por cuanto yo fui nada más que denunciante de hechos que a mi entender eran ilícitos cometidos por el ex senador Jorge Milton Capitanich.. En ésta causa, repito, fui denunciante y no querellante, por lo tanto el juzgado interviniente nunca me notificó de medida alguna y por lo tanto al ignorar hasta el fallo que beneficiaba al denunciado, en ningún momento procedí a apelar el sobreseimiento. El abogado Jorge Alcántara, al afirmar que mi “apelación” también fue denegada por la Cámara del Crimen, entra en el terreno que me hace pensar -y no afirmar- que es un mentiroso contumaz o no tiene idea del expediente en cuestión... Por lo tanto, si es verdad que hubo apelación como el abogado Alcántara lo afirma, entonces la misma fue realizada por el Fiscal interviniente en la causa, quien apeló el sobreseimiento que el Juez Rafecas le otorgó a Capitanich.

Es verdad que fui condenado en el expediente que se diligenció en el juzgado federal de Resistencias, a cargo del “desaparecido” juez Skidelsky, -quien hace muchos meses goza de licencia- , seguramente porque está ocupado en encontrar un comprador para su residencia por la que pide un millón de dólares. Yo en lo personal, no tengo un buen concepto de dicho magistrado, -por hechos que no vienen al caso relatar- y considero que debe sentirse abrumado por los juicios políticos que tuvo que afrontar en el Consejo de la Magistratura y también por algún otro u otros, pendientes de resolución que tengo entendido esperan su tratamiento, pero declaro en forma pública la inmensa admiración que tengo por la capacidad de ahorro que hace gala, porque no todos con un sueldo de Juez Federal, puede construir semejante mansión como la que posee. ¿Cómo nuestra Argentina, pierde la posibilidad cierta de tener un brillante ministro de Economía? De los aviones que pilotea personalmente y viaja a cualquier parte del país, es otro tema que en alguna oportunidad, algún ciudadano va a encargarse de hablar de ello.

El abogado Jorge Alcántara, oculta decir y quiero presumir que en un acto de malicia inconfensable, algo que él como apoderado del señor Capitanich sabe y le consta, y es que con fecha 15 de septiembre de 2008 en la Escribanía del señor Ariel Alfredo Farías, Adscripto al Registro Nº 4, con certificación y actuación notarial Nº Aono 37759, se firmó un Acta que en su Cláusula Primera dice textualmente: “El señor Jorge Milton CAPITANICH, renuncia a sus derechos al cobro de la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.0000.00), en concepto de daño moral al que fuera condenado el señor Adam Pedrini, por sentencia N ª 1 en autos “Capitaních Jorge c/Pedrini Adam s/ querella criminal por Injurias, Expte:111/05 del registro Federal de Resistencia, fechada al 30 de Junio de 2008.

Reconozco que el señor Capitanich en una decisión inteligente hizo que acordáramos establecer en la Cláusula segunda lo siguiente: “El señor Adam Pedrini se compromete a desistir de interponer recurso procesal alguno contra la sentencia Nº 1 en autos “CAPITANICH JORGE c/ PEDRINI ADAM s/ QUERELLA CRIMINAL POR INJURIAS, Expte: 111/05 del registro del Juzgado federal de Resistencia, fechada el 30 de junio de 2008, por cuanto el fallo judicial del Skidelsky era lamentable.

La Cláusula tercera establece lo siguiente: “Ambas partes se comprometen por el presente a no emitir opinión pública respecto de la gestión pública y/ o actividad privada de la respectiva contraparte”.

En la Cláusula cuarta se establece que los honorarios fijados a los abogados del señor Capitanich, serán abonados por él.

Quiero dejar públicamente aclarado que de ninguna manera he violado lo acordado en la Cláusula Tercera del Convenio suscripto, sino que me veo en la imperiosa obligación de dar algunos detalles del mismo, debido a que considero una falta de ética profesional por parte del abogado Alcántara que compromete lo firmado por el suscripto con su cliente.

Para terminar, recordando a Shakespeare digo que “la autoridad tiene ladrones peligrosos, cuando los jueces roban entre ellos”

1 comentario:

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