La Comisión de Salud de la Legislatura porteña podría discutir el borrador del dictamen sobre “aborto no punible” en la reunión de Comisión prevista para el próximo miércoles 16 de septiembre.
Ciudad de Buenos Aires, Argentina. El borrador del dictamen fue consensuado por los autores de los cuatro proyectos en estudio (los kirchneristas Juan Cabandié y Pablo Failde, la ibarrrista Gabriela Alegre, y la activista feminista Diana Maffía, diputada de la Coalición Cívica).
La estrategia abortista
"Regular la práctica de los abortos no punibles” es una de las tantas estrategias para legalizar, irrestrictamente, el aborto. Más aún, estos proyectos transforman el delito en “derecho” y obligan finalmente a los directivos de cualquier centro de salud a cooperar con esos crímenes nefandos.
Los proyectos comienzan por ampliar las excusas absolutorias contempladas en el Código Penal, reinterpretándolas ideológicamente. Después transforman los abortos que pueden no recibir sanción penal -si se demuestra tras la comisión del delito que se han cumplido los requisitos para que opere alguna excusa absolutoria-, en “abortos permitidos por la ley”. Seguidamente legalizan los mal llamados “abortos permitidos” proveyendo la práctica en los centros de salud. Y finalmente obligan a todos los centros de salud a disponer las medidas necesarias para garantizar los abortos.
El proyecto consensuado
Prevé que el aborto se practique cuando afecte la salud integral (física, psíquica o social) de la mujer. Bastaría con que una adolescente diga que el bebé le impediría seguir estudiando (afectación de la salud social) o que la sola idea de verse con panza a esa altura de la vida la deprime (afectación de la salud psíquica). El aborto se debería practicar “en un plazo no mayor a los 10 (diez) días corridos desde la solicitud de la mujer”. Quedaría expresamente prohibido pedir el consentimiento de los padres a partir de los 14 años y, en cualquier circunstancia, la intervención de los comités de bioética o la autorización de la justicia.
Se legalizaría además el aborto en casos de violación, bastando para acreditarla la declaración de la mujer, no se podría exigir la denuncia policial, lo que facilitaría el accionar de los violadores. Como en el caso anterior se prohíbe pedir el consentimiento de terceros (marido, padres) y la intervención de la justicia, auditores, comités, etc. En caso de duda el médico deberá adoptar aquella decisión “que mejor se compadezca con los derechos de la mujer”.
Los profesionales de la salud deberán declarar por escrito que son objetores de conciencia al comenzar a prestar servicios o a los 30 días de promulgada la ley si ya lo están haciendo.
Si todos los profesionales de un centro de salud son objetores los directivos están obligados a “disponer las medidas necesarias para asegurar las prestaciones en los plazos establecidos”.
Los expedientes
El borrador del dictamen unifica cuatro expedientes:
- 921/2008: presentado por el kirchnerista Juan Cabandié, acompañado por su compañera de bloque Silvia La Ruffa, la socialista Verónica Gómez, Gabriela Cerruti (Nva. Democracia), Patricia Walsh (Nva. Izquierda), Martín Hourest (Igualdad Social), Facundo Di Filippo y Diana Maffía (los dos últimos de la Coalición Cívica).
- 1305/2008: de la ibarrista Gabriela Alegre.
- 1306/2008: presentado por la diputada de la Coalición Cívica Diana Maffía y cofirmado por sus compañeros de bloque Facundo Di Filippo y Sergio Abrevaya; los socialistas Verónica Gómez y Julián D'Angelo, Patricia Walsh (Nva. Izquierda), Martín Hourest (Igualdad Social) y Raúl Fernández (Encuentro Progresista).
- 1475/2008: del kirchnerista Pablo Failde, cofirmado por su compañera Alicia Bello.
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